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16 de Julio de 2003 | Tiempo de lectura: 3 minutos El Instituto Nacional del Consumo promueve el cese de una cláusula considerada abusivaAna Pastor anuncia una acción judicial para que los usuarios abonen únicamente el tiempo real de aparcamiento/noticias.info/ · Las tarifas de "pago por hora o fracción" que imponen las empresas de aparcamiento suponen para al usuario el abono por servicios no utilizados · Esta cláusula supone un " redondeo al alza" que perjudica claramente a los consumidores · El Instituto Nacional de Consumo está legitimado para iniciar este tipo de acciones, en defensa de los consumidores 15/07/2003 La Ministra de Sanidad y Consumo, Ana Pastor, ha anunciado, durante la 17ª Conferencia Sectorial de Consumo, la decisión de su departamento de iniciar acciones de cesación judicial para que los usuarios abonen únicamente el tiempo real de aparcamiento. En este sentido, la Ministra ha destacado que esta medida pretende acabar con " el pago por hora o fracción" que imponen las empresas de aparcamientos a los usuarios, por considerar que se trata de una práctica abusiva. INSPECCIONES La iniciativa del Ministerio de Sanidad y Consumo responde a las denuncias recibidas por parte de usuarios de aparcamientos públicos contra las tarifas de " pago por hora o fracción". Las inspecciones realizadas por los técnicos de Consumo en todo el territorio del Estado han demostrado que las empresas de aparcamientos utilizan esta práctica de forma habitual, lo que supone el cobro de fracciones de hora al mismo precio que una hora completa. " Fijar el precio del servicio de aparcamiento " por hora o fracción " supone un redondeo al alza. Si el usuario ocupa la plaza por una fracción de hora, 15 minutos por ejemplo, el precio a pagar es siempre el de una unidad completa de hora", ha detallado la Ministra Pastor. CLÁUSULA ABUSIVA Consumo considera abusiva una cláusula que supone para el usuario tener que abonar por una fracción de tiempo el precio de una hora completa y por tanto, se ve obligado a pagar un servicio que no ha utilizado. " Con estas prácticas no se contempla la posibilidad del redondeo a la baja", ha añadido Pastor. PERJUICIO PARA EL CONSUMIDOR La práctica de las empresas de aparcamiento tampoco permite que el usuario abone el tiempo que realmente está estacionado, ni que se beneficie por utilizar el servicio durante periodos inferiores a los establecidos en las tarifas, lo que produce un desequilibrio en contra del consumidor. Según la normativa vigente, este tipo de cláusula sobre tarifas de aparcamiento es una condición general y por tanto puede aplicarse la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que considera abusivas aquellas condiciones que impongan el pago de servicios no prestados y las que produzcan un desequilibrio entre las partes DICTAMEN FAVORABLE En consecuencia - ha asegurado Ana Pastor - el Instituto Nacional del Consumo ha remitido a la Abogacía del Estado la propuesta de inicio de las acciones judiciales en materia de cláusulas abusivas contra la citada práctica contractual. Esta propuesta incluye un informe consensuado con las Comunidades Autónomas y el dictamen favorable de la Dirección General de Registros y del Notariado. Esta iniciativa - ha añadido Ana Pastor - se llevará a cabo a través del Instituto Nacional de Consumo, organismo que está legitimado para solicitar de los tribunales de justicia que impongan el cese de conductas contrarias a los intereses de los consumidores, en virtud de las recientes modificaciones que se han producido tanto en la legislación procesal como en la de defensa de los consumidores y usuarios. Por último, la Ministra ha puesto de manifiesto que el alcance de esta medida es similar a la sentencia que declaró nula la cláusula de redondeo al alza realizada por los bancos en los préstamos hipotecarios a tipo variable. Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes.http:\www.la-moncloa.es Difundido el: Fecha desconocida Publicado el: 16 de Julio de 2003 15:42 Actualizado el: 31 de Agosto de 2011 19:33 Ubicación: Madrid, Provincia de Madrid, Comunidad de Madrid (España) Fuente: Ministerio de Sanidad Política Social e Igualdad Página web: Nombres anteriores: Ministerio de Sanidad y Consumo Marca: Ministerio de Sanidad y Consumo Vía: vía noticias.info A través de: A través de (antiguo nombre): Noticias.info Tipo: Noticia Palabras clave: ¡Integra esta noticia en tu web!
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