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18 de Mayo de 2005 | Tiempo de lectura: 1 minuto Los presupuestos de 2005 establecen por primera vez este derechoLa Seguridad Social ha reconocido ya el complemento de mínimos a 16.906 pensionistas de incapacidad permanente total cualificada, mayores de 60 añosRepresentan el 47 % sobre el colectivo de posibles beneficiarios, aproximadamente unos 36.000 pensionistas/noticias.info/ - Para acceder a este derecho es necesario que los posibles beneficiarios lo soliciten. - La Seguridad Social informó a todos por carta el pasado mes de febrero Cerca de 17.000 mil pensionistas de incapacidad permanente total cualificada, entre 60 y 64 años de edad, reciben ya el complemento a mínimos junto con su pensión, un derecho que por primera vez la Seguridad Social les reconoce y que ha quedado establecido a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005. Para acceder a este derecho es necesario solicitarlo. Por ello, la Seguridad Social informó por carta a los posibles beneficiarios, aproximadamente 36.000 pensionistas, el pasado mes de febrero. Actualmente, ya están percibiendo este complemento 16.906 pensionistas, lo que representa un 47 % sobre el colectivo de posibles beneficiarios de la medida establecida por primera vez en los Presupuestos de este año. La Seguridad Social garantiza el complemento a mínimos a los pensionistas de incapacidad permanente total "cualificada", entre 60 y 64 años de edad, cuyos ingresos, excluida la pensión, sean inferiores a 7.142 euros anuales si tiene cónyuge a cargo ó 6.122,53 euros anuales si no tiene cónyuge a cargo. Pensionista de incapacidad permanente, en el grado de total "cualificada", es aquel que padece una imposibilidad física o psíquica para desempeñar su profesión habitual y que, por tener más de 55 años de edad, tiene mayores dificultades para encontrar trabajo en otras actividades compatibles con su capacidad laboral. Los interesados pueden informarse de este derecho y solicitarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más próximo a su domicilio, donde le facilitarán toda la información y le prestarán la ayuda que necesiten a la hora de rellenar el modelo de solicitud y realizar el trámite. Difundido el: 18 de Mayo de 2005 Publicado el: 19 de Mayo de 2005 06:23 Actualizado el: 31 de Agosto de 2011 21:07 Ubicación: Madrid, Provincia de Madrid, Comunidad de Madrid (España) Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social Página web: Nombres anteriores: Ministerio de Trabajo e Inmigración Dirección web anterior: Marca: MTAS Vía: vía noticias.info A través de: A través de (antiguo nombre): Noticias.info Tipo: Noticia Palabras clave: ¡Integra esta noticia en tu web!
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