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9 de Febrero de 2005 | Tiempo de lectura: 1 minuto Si se pide antes del 1 de abril de 2005 el complemento tendrá efectos económicos desde eneroLa Seguridad Social recuerda a los pensionistas de incapacidad permanente mayores de 60 años que ya pueden solicitar el complemento de mínimosEl colectivo de posibles beneficiarios de esta medida establecida por primera vez en los Presupuestos de 2005 es de 36.000 personas/noticias.info/ 9 feb 2005.- La Seguridad Social ha informado por carta a los aproximadamente 36.000 pensionistas de incapacidad permanente total cualificada mayores de 60 años que pueden ser beneficiarios de un complemento por mínimos a su pensión. Para disfrutar de este derecho, reconocido por primera vez en los Presupuestos de 2005, es necesario que los posibles beneficiarios lo soliciten. En la carta se indica a los posibles beneficiarios cómo y dónde solicitar este derecho y la importancia de presentar la solicitud antes del próximo 1 de abril, ya que de esta manera los efectos económicos podrían retrotraerse al 1 de enero de este año y el beneficiario percibiría el complemento desde esa fecha. Pensionista de incapacidad permanente, en su grado de total cualificada, es aquel que padece una imposibilidad física o psíquica para desempeñar su profesión habitual y que, por tener más de 55 años de edad, soporta mayores dificultades para encontrar trabajo en otras actividades compatibles con su capacidad laboral. La Seguridad Social garantiza el complemento a mínimos a los pensionistas de incapacidad permanente total cualificada que tengan entre 60 y 64 años de edad y cuyos ingresos, excluida la pensión, sean inferiores a 7.142 euros anuales si tiene cónyuge a su cargo ó 6.122,53 euros anuales si no tiene cónyuge a cargo. El importe mínimo garantizado a estas pensiones por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005 es de 6.856,08 ó 5.722,92 euros anuales, según el titular de la pensión tenga o no cónyuge a cargo. Los interesados pueden informarse de este derecho y solicitarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más próximo a su domicilio, donde le facilitarán toda la información y le prestarán la ayuda que necesiten a la hora de rellenar el modelo de solicitud y realizar el trámite. Difundido el: 9 de Febrero de 2005 Publicado el: 10 de Febrero de 2005 14:25 Actualizado el: 31 de Agosto de 2011 20:53 Ubicación: Madrid, Provincia de Madrid, Comunidad de Madrid (España) Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social Página web: Nombres anteriores: Ministerio de Trabajo e Inmigración Dirección web anterior: Marca: MTAS Vía: vía noticias.info A través de: A través de (antiguo nombre): Noticias.info Tipo: Noticia Palabras clave: ¡Integra esta noticia en tu web!
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