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9 de Febrero de 2005 | Tiempo de lectura: 1 minuto El portal de contenidos infantiles chaval.es registra 15 millones de accesos/noticias.info/ Red.es se suma a la celebración del Día Internacional para una Internet Segura y recuerda la importancia de que los más pequeños naveguen por páginas con contenidos de calidad En 2004, el número de accesos a Chaval.es ha aumentado un 33,55% respecto a 2003 Diciembre ha sido el mes de mayor actividad, con 1,25 millones de accesos 9 feb 2005.- La Seguridad Social ha informado por carta a los aproximadamente 36.000 pensionistas de incapacidad permanente total cualificada mayores de 60 años que pueden ser beneficiarios de un complemento por mínimos a su pensión. Para disfrutar de este derecho, reconocido por primera vez en los Presupuestos de 2005, es necesario que los posibles beneficiarios lo soliciten. En la carta se indica a los posibles beneficiarios cómo y dónde solicitar este derecho y la importancia de presentar la solicitud antes del próximo 1 de abril, ya que de esta manera los efectos económicos podrían retrotraerse al 1 de enero de este año y el beneficiario percibiría el complemento desde esa fecha. Pensionista de incapacidad permanente, en su grado de total cualificada, es aquel que padece una imposibilidad física o psíquica para desempeñar su profesión habitual y que, por tener más de 55 años de edad, soporta mayores dificultades para encontrar trabajo en otras actividades compatibles con su capacidad laboral. La Seguridad Social garantiza el complemento a mínimos a los pensionistas de incapacidad permanente total cualificada que tengan entre 60 y 64 años de edad y cuyos ingresos, excluida la pensión, sean inferiores a 7.142 euros anuales si tiene cónyuge a su cargo ó 6.122,53 euros anuales si no tiene cónyuge a cargo. El importe mínimo garantizado a estas pensiones por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005 es de 6.856,08 ó 5.722,92 euros anuales, según el titular de la pensión tenga o no cónyuge a cargo. Los interesados pueden informarse de este derecho y solicitarlo en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más próximo a su domicilio, donde le facilitarán toda la información y le prestarán la ayuda que necesiten a la hora de rellenar el modelo de solicitud y realizar el trámite. Difundido el: 9 de Febrero de 2005 Publicado el: 10 de Febrero de 2005 14:32 Actualizado el: 31 de Agosto de 2011 20:53 Ubicación: Madrid, Provincia de Madrid, Comunidad de Madrid (España) Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social Página web: Nombres anteriores: Ministerio de Trabajo e Inmigración Dirección web anterior: Marca: MTAS Vía: vía noticias.info A través de: A través de (antiguo nombre): Noticias.info Tipo: Noticia Palabras clave: ¡Integra esta noticia en tu web!
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