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30 de Enero de 2012 | Tiempo de lectura: 2 minutos Jura o promesa del Fiscal General del Estado, D. Eduardo Torres-Dulce LifantePor parte de Sus Majestades los Reyes/noticias.info/ Sus Majestades los Reyes presidieron el acto en el que Eduardo Torres-Dulce Lifante juró su cargo como Fiscal General del Estado, tras haberse cumpliendo con lo preceptuado en el artículo 29.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para
completar el trámite constitucional y estatutario del nombramiento como Fiscal General del Estado. Eduardo Torres-Dulce compareció ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para que este órgano valorase sus méritos e idoneidad para el cargo, como último trámite antes de que Su Majestad el Rey proceda a su nombramiento. A su toma de posesión asistieron el presidente del Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar; la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáinz de Santamaría, y actuó como notario mayor del Reino, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. El nuevo Fiscal General del Estado juró su cargo delante de un ejemplar de la Constitución Española, abierto por el artículo 124, relativo al Ministerio Fiscal. El Fiscal General del Estado es nombrado por Su Majestad el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial y previa valoración de su idoneidad por la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados. La elección debe recaer entre juristas españoles de reconocido prestigio y con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión. El pasado día 10 de enero, el pleno del Consejo General del Poder Judicial dio su visto bueno a la propuesta que hizo el Consejo de Ministros el día 30 de diciembre de 2011 para que Don Eduardo Torres-Dulce sea nombrado Fiscal General del Estado. Con este dictamen previo del CGPJ, Eduardo Torres-Dulce compareció el miércoles 25 de enero ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. Tras su intervención, todos los grupos coincidieron en considerar que reúne todos los méritos y requisitos legales para ocupar el cargo de Fiscal General. El mandato del Fiscal General tiene una duración de cuatro años y sólo puede ser cesado por causas tasadas en la Ley, que serán apreciadas por el Consejo de Ministros. En todo caso, cesa con el Gobierno que le haya propuesto. Difundido el: 30 de Enero de 2012 Publicado el: 30 de Enero de 2012 15:46 Actualizado el: 30 de Enero de 2012 15:46 Ubicación: Madrid, Provincia de Madrid, Comunidad de Madrid (España) Fuente: Casa de Su Majestad el Rey Página web: Marca: Casa de Su Majestad el Rey Vía: vía noticias.info A través de: Tipo: Comunicado de Prensa Zona de impacto: Nacional Palabras clave: ¡Integra esta noticia en tu web!
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