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Fuente : Ministerio de Medio Ambiente
http://www.mma.es/
Nuevos números para la información meteorológica
Teletiempo cambia al 807
/noticias.info/ La información meteorológica del servicio Teletiempo ha
empezado a difundirse a través de los nuevos números 807, desde principios
de este mes de septiembre, de acuerdo con las resoluciones de la Secretaría
de Estado de Telecomunicaciones y la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones.
Los anteriores números de información meteorológica 906 desaparecerán el
1 de octubre de 2003. Hasta entonces, ambos rangos de numeración (el 807
y el 906) coexistirán, con el fin de que los usuarios vayan conociendo
paulatinamente los nuevos números. Desde el 1 de octubre, el servicio sólo
será accesible a través del código 807 170 3XX. A partir del 1 de octubre, y
hasta el 30 de noviembre, en los teléfonos 906 sólo se informará de los
nuevos teléfonos 807.
Los nuevos números de Teletiempo son los siguientes:
• General para España: 807 170 365
• Teléfonos provinciales: 807 170 3XX (XX =código postal provincia)
• Teléfonos marítimos: 807 170 37X (X = 0, 1, 2, 3 y 4)
• Teléfonos de montaña: 807 170 38X (X = 0, 1, 2, 3, 4 y 5)
• Teléfono internacional: 807 170 388
• Teléfonos reservados para la difusión del servicio en medios de comunicación social, que conectan con el general: 807 170 3YY (YY = 75, 76, 77, 78, 79, 86 y 87)
Ligeros ajustes en las tarifas
En cuanto a las tarifas, para el 906 seguirán siendo las mismas hasta que
desaparezca el servicio. Desde el 1 de octubre, la llamada al 906 (que sólo
da información del número 807 al que se ha migrado) será gratuita.
Las tarifas del 8071 (nivel 1 de tarificación) han cambiado ligeramente. Por
exigencias del código de conducta aplicable a los servicios de tarificación
adicional, la componente del precio que se retribuye al prestador del servicio
no se puede aplicar al usuario hasta transcurridos 20 segundos del inicio de
la llamada. Los 15 primeros segundos se utilizarán para dar un mensaje
informativo del precio por minuto del servicio y los 5 siguientes para que el
usuario opte por continuar o no con la llamada. Por tanto, esos 20 primeros
segundos tendrán el coste fijado por las tarifas soporte del operador de
acceso.
Las tarifas para el servicio de tarificación adicional son las fijadas en la
resolución de 16 de julio de 2002 (BOE del 5/8/02), siendo el precio máximo
por minuto (IVA incluido) del servicio de tarificación adicional, en función de
que se acceda desde teléfonos de la red fija o desde teléfonos móviles.
Estos son los precios máximos, pero cada operador puede fijarlos, dentro de
esos márgenes, por lo que dependiendo del operador podría ser más bajos.
Para más información:
http://www.mma.es/prensa/informacion/notas_pre/2003/09/Teletiempotfnonota.pdf
notas_de_prensa_archivo
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