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Fuente : Ministerio de Economía y Hacienda (Hacienda)
http://www.minhac.es
Con la Asociación Española de Asesores Fiscales
La Agencia Tributaria firma el convenio número 500 para la presentación de declaraciones por Internet
/noticias.info/ · Con estos convenios se puede presentar las declaraciones en representación de terceros a través de Internet
· La colaboración social extiende los beneficios de las nuevas tecnologías a todos los contribuyentes
· CCAA, Ayuntamientos, sindicatos, entidades financieras, empresas y asociaciones también tienen convenios con la Agencia Tributaria para la presentación telemática
El director general de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz
Gallud, y el presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales
(AEDAF), Antonio Durán-Sindreu, han firmado hoy un convenio de
colaboración para la presentación telemática de declaraciones.
Éste es el convenio número 500 para la presentación telemática de
declaraciones que ha firmado la Agencia Tributaria de manera que se
puedan presentar a través de Internet declaraciones, comunicaciones y
otros documentos tributarios en representación de terceros.
El director general de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz Gallud, ha
destacado que estos convenios de colaboración social "son una forma
más de acercar la Administración tributaria a los ciudadanos y facilitarles
el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales". En concreto, los
convenios para la presentación telemática "permiten extender los
beneficios de las nuevas tecnologías a aquellos contribuyentes que no
disponen de Internet", explicó Ruiz Gallud.
En opinión de Antonio Durán-Sindreu, “la colaboración entre ambas
organizaciones agilizará los trámites que los asesores fiscales efectúan
en nombre de los contribuyentes”.
Convenios suscritos
Desde 1999 –año en que empezó la presentación de declaraciones por
Internet-, la Agencia Tributaria ha acordado convenios de colaboración
para la presentación telemática de documentos tributarios con entidades
públicas y privadas. Aunque el gran impulso en los acuerdos de
colaboración social se ha producido a partir del año 2002, cuando se
firmaron 192 convenios de presentación telemática frente a los 65 del
año 2000 o los 73 del 2001.
En total, la Agencia Tributaria ha firmado 191 convenios con colegios y
asociaciones de profesionales de la gestión tributaria (asesores fiscales,
gestores administrativos, abogados, economistas, titulados mercantiles y
empresariales, etc). Además, tiene 111 convenios con entidades
financieras, 94 con otras entidades (asociaciones empresariales,
cooperativas, sindicatos, etc), 82 convenios con Ayuntamientos y otros
organismos públicos, 15 con Comunidades Autónomas y 6 con
empresas (exclusivamente para presentación de declaraciones de IRPF
de sus trabajadores).
Representación de terceros
En virtud del convenio firmado hoy, la Asociación Española de Asesores
Fiscales y las personas o entidades asociadas podrán presentar por vía
telemática en representación de terceras personas declaraciones,
comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o
cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria. Para
ello, la Asociación Española de Asesores Fiscales deberá comunicar a
la Agencia Tributaria la relación de las personas o entidades asociadas
interesadas en adherirse al contenido del presente Acuerdo.
Únicamente podrán presentar declaraciones, comunicaciones y otros
documentos tributarios en representación de terceros las personas o
entidades que tengan efectivamente en cada momento la condición de
asociados y que consten a la Agencia Tributaria como tales.
Para que puedan realizar dicha presentación telemática, los asociados
deberán disponer del certificado de firma electrónica y ostentar la
representación suficiente de los contribuyentes en cuyo nombre actúen.
La Agencia Tributaria podrá instar, en cualquier momento, la
acreditación de su representación. La falta de representación suficiente
de las personas en cuyo nombre se hubiera presentado la
documentación dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que
fueran procedentes.
También tendrán que cumplir los requisitos que para el tratamiento
automatizado de datos de carácter personal se exigen en la Ley
Orgánica de protección de datos de carácter personal y demás
normativa aplicable.
10/09/2003
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