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Archivo > 2003 > Septiembre > Viernes 12 > noticia n° 9.604





Fuente : Ministerio de Economía y Hacienda (Hacienda)
http://www.minhac.es

La Agencia Tributaria firma el convenio número 500 para la presentación de declaraciones por Internet

/noticias.info/ .Con estos convenios se puede presentar las declaraciones en representación de terceros a través de Internet

· La colaboración social extiende los beneficios de las nuevas tecnologías a todos los contribuyentes

· CCAA, Ayuntamientos, sindicatos, entidades financieras, empresas y asociaciones también tienen convenios con la Agencia Tributaria para la presentación telemática


El director general de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz Gallud, y el presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), Antonio Durán-Sindreu, han firmado hoy un convenio de colaboración para la presentación telemática de declaraciones.

Éste es el convenio número 500 para la presentación telemática de declaraciones que ha firmado la Agencia Tributaria de manera que se puedan presentar a través de Internet declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceros.

El director general de la Agencia Tributaria, Salvador Ruiz Gallud, ha destacado que estos convenios de colaboración social "son una forma más de acercar la Administración tributaria a los ciudadanos y facilitarles el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales". En concreto, los convenios para la presentación telemática "permiten extender los beneficios de las nuevas tecnologías a aquellos contribuyentes que no disponen de Internet", explicó Ruiz Gallud.

En opinión de Antonio Durán-Sindreu, “la colaboración entre ambas organizaciones agilizará los trámites que los asesores fiscales efectúan en nombre de los contribuyentes”.

Convenios suscritos
Desde 1999 –año en que empezó la presentación de declaraciones por Internet-, la Agencia Tributaria ha acordado convenios de colaboración para la presentación telemática de documentos tributarios con entidades públicas y privadas. Aunque el gran impulso en los acuerdos de colaboración social se ha producido a partir del año 2002, cuando se firmaron 192 convenios de presentación telemática frente a los 65 del
año 2000 o los 73 del 2001.

En total, la Agencia Tributaria ha firmado 191 convenios con colegios y asociaciones de profesionales de la gestión tributaria (asesores fiscales, gestores administrativos, abogados, economistas, titulados mercantiles y empresariales, etc). Además, tiene 111 convenios con entidades financieras, 94 con otras entidades (asociaciones empresariales, cooperativas, sindicatos, etc), 82 convenios con Ayuntamientos y otros organismos públicos, 15 con Comunidades Autónomas y 6 con
empresas (exclusivamente para presentación de declaraciones de IRPF de sus trabajadores).

Representación de terceros
En virtud del convenio firmado hoy, la Asociación Española de Asesores Fiscales y las personas o entidades asociadas podrán presentar por vía telemática en representación de terceras personas declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria. Para ello, la Asociación Española de Asesores Fiscales deberá comunicar a
la Agencia Tributaria la relación de las personas o entidades asociadas interesadas en adherirse al contenido del presente Acuerdo.

Únicamente podrán presentar declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceros las personas o entidades que tengan efectivamente en cada momento la condición de asociados y que consten a la Agencia Tributaria como tales.

Para que puedan realizar dicha presentación telemática, los asociados deberán disponer del certificado de firma electrónica y ostentar la representación suficiente de los contribuyentes en nombre actúen.

La Agencia Tributaria podrá instar, en cualquier momento, la acreditación de su representación. La falta de representación suficiente de las personas en cuyo nombre se hubiera presentado la documentación dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que fueran procedentes.

También tendrán que cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal y demás normativa aplicable.

10/09/2003


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