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Fuente : Ministerio de Educación y Ciencia
http://www.mec.es
Consejo de Ministros
El Gobierno aprueba el nuevo reglamento de acceso a la función pública docente
/noticias.info/ - El texto ha sido debatido con toda la comunidad educativa, a través de la Mesa Sectorial y de la Conferencia Sectorial de Educación, y ha contado con los informes favorables del Consejo Escolar del Estado, la Comisión Superior de Personal y el Consejo de Estado
• El sistema de ingreso seguirá siendo por concursooposición,
introduciendo una serie de mecanismos
para asegurar la selección de los mejores candidatos y
para valorar el mérito y la capacidad, lo que redundará
en la mejora de la calidad del sistema educativo
• Se regula el ingreso y acceso al nuevo Cuerpo de
Catedráticos creado por la LOCE y al Cuerpo de
Inspectores
• El Real Decreto recoge en un único texto las
condiciones para el ingreso y acceso a los diferentes
cuerpos de funcionarios docentes, con lo que se
clarifica la situación anterior, en la que estos aspectos
estaban regulados en normas distintas
27, feb.’04.- El Consejo de Ministros de hoy ha aprobado, a
propuesta de la ministra de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del
Castillo, un Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del
sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.
La Ley de Calidad de la Educación, aprobada por el Parlamento en
diciembre de 2002, y el Real Decreto aprobado hoy, diseñan un
nuevo sistema de acceso a la función pública docente que pone
especial atención en la regulación de los procesos de selección, de
modo que se asegure al máximo la incorporación de los aspirantes
más idóneos con el objetivo de mejorar la calidad del sistema
educativo. Para ello, el sistema de selección atenderá a criterios
derivados tanto de la capacidad y preparación de los candidatos
como de su experiencia y méritos anteriores.
El texto ha sido debatido con toda la comunidad educativa,
especialmente con los representantes de los sindicatos y con las
Comunidades Autónomas, a través de la Mesa Sectorial de
Educación y de la Conferencia Sectorial de Educación. Además, ha
obtenido informe favorable del Consejo Escolar del Estado (donde
están presentes todos los sectores de la comunidad educativa), de
la Comisión Superior de Personal y del Consejo de Estado.
Además, el Real Decreto ha sido también informado favorablemente
por el Ministerio de Administraciones Públicas.
MEJORAR LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
Este Real Decreto recoge en un único texto el ingreso y accesos a
los diferentes Cuerpos de funcionarios docentes (antes regulados
en normas distintas), y se introducen modificaciones que
contribuirán a mejorar el sistema de ingreso.
Este sistema seguirá siendo el de concurso-oposición convocado
por las Administraciones educativas competentes, pero se modifica
la configuración de las pruebas para que éstas no se basen
exclusivamente en el conocimiento memorístico de determinados
temas sino que se tengan también en cuenta otras destrezas
profesionales. Así, la segunda de las pruebas para el ingreso
consistirá en la presentación de una programación didáctica y una
exposición oral de una unidad didáctica.
El texto recoge asimismo la exigencia del Título de Especialización
Didáctica para acceder a la docencia y se modifican los baremos de
méritos con dos objetivos básicos: aumentar la valoración de la
experiencia docente previa y reconocer los nuevos méritos
establecidos en la Ley de Calidad (como, por ejemplo, el
reconocimiento de la categoría de Director y la superación de
evaluaciones voluntarias por parte de los docentes).
SISTEMAS DE PROMOCIÓN
En lo referente a los sistemas de promoción, se establece que para
el acceso a Cuerpos de un mismo nivel de complemento de destino
se exige la permanencia en sus cuerpos de origen de un mínimo de
seis años. Para el acceso a cuerpos de nivel de complemento de
destino superior se ha eliminado la reserva del 50% que establecía
la LOGSE, con lo que se facilita la promoción y la carrera
profesional de los funcionarios docentes. Igualmente, se establece
el acceso desde los diferentes cuerpos de profesores a los nuevos
Cuerpos de Catedráticos, creados por la Ley de Calidad para
incrementar las posibilidad de promoción de la carrera docente.
ACCESO AL CUERPO DE INSPECTORES
En este Reglamento se regulan las pruebas de acceso al Cuerpo de
Inspectores de Educación. Estas pruebas tendrán tres partes:
• Temas generales relativos a cuestiones pedagógicas sobre
organización curricular, organización escolar, gestión de
centros educativos, administración y legislación educativa, así
como las funciones de control, evaluación y asesoramiento.
• Temas de carácter específico, que se referirán a las
características propias de los niveles y etapas educativos, al
desarrollo curricular y a la correspondiente metodología
didáctica, a la organización y administración de los centros y a
la legislación propia de la Administración educativa
convocante.
• Temas relacionados con las nuevas especialidades
establecidas.
Se regula asimismo el acceso a este Cuerpo de Inspectores
mediante la superación del proceso selectivo de concursooposición,
estableciendo como requisito la pertenencia a algún
Cuerpo de la función publica docente al menos durante seis años.
INGRESO AL CUERPO DE CATEDRÁTICOS
También se regula el ingreso y acceso a los diferentes cuerpos de
Catedráticos (Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Catedráticos
de Escuelas Oficiales de Idiomas y Catedráticos de Artes Plásticas y
Diseño). El texto recoge que para acceder a estos cuerpos se
deberá estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero
o Arquitecto, además del Título de Especialización Didáctica.
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