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Archivo > 2006 > Agosto > Jueves 3 > noticia n° 207.085





Fuente: © Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
http://www.mtas.es

La notificación de la resolución se sigue enviando por carta, el mensaje es sólo un adelanto de la información

La Seguridad Social comunica por mensaje al teléfono móvil el reconocimiento de prestaciones

Este nuevo servicio no supone ningún coste para los ciudadanos y se envía a quien facilite su móvil para recibir la información

/noticias.info/ Desde el pasado 1 de agosto, la Seguridad Social ha extendido sus contactos con los ciudadanos a través del uso de los mensajes cortos que ofrece la telefonía móvil.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha comenzado a enviar mensajes cortos a aquellos ciudadanos que, habiendo solicitado una prestación, se encuentran a la espera de recibir la correspondiente resolución de su expediente. En el momento en que el expediente se resuelve automáticamente se emite un comunicado por SMS al interesado informándole de que su expediente (la prestación de que se trate) ha sido resuelto favorablemente y que en breves fechas recibirá la correspondiente resolución en su domicilio. El mensaje corto no sustituye la notificación de la resolución que continuará enviándose, en soporte papel, al domicilio del interesado sino que es una información adicional que se anticipa al ciudadano, lo que contribuirá a reducir el tiempo de incertidumbre para quien se encuentra a la espera de recibir noticias acerca de su solicitud.

Este nuevo servicio de información no supone ningún coste para quien solicita una prestación y solo requiere que el ciudadano, al cumplimentar el impreso de solicitud de la prestación, haga constar el número de teléfono móvil donde desea recibir el mensaje.

En un futuro próximo, a medida que la Seguridad Social vaya disponiendo del número de teléfono móvil de los pensionistas, se extenderá el uso de este canal de comunicación para otras informaciones de interés, como puede ser el porcentaje que se apruebe cada año para la revalorización de las pensiones; la fecha de abono de la paga única por desviación de IPC en su caso, ó el comienzo de emisión de los certificados anuales de rentas a efectos de IRPF.

Por su parte, la Tesorería General de la Seguridad Social también tiene previsto ampliar su oferta de servicios al ciudadano a través de la utilización del canal SMS para informar a los trabajadores sobre la formalización, por parte del empresario, de su alta o baja en Seguridad Social al comenzar o finalizar la prestación de servicios. De este modo, en la fecha en que el empresario cumple su obligación de comunicar a la Seguridad Social el alta o la baja de un trabajador, éste recibirá automáticamente un mensaje corto en su teléfono móvil confirmando esta circunstancia.
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