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Archivo > 2008 > Julio > Jueves 24 > noticia n° 369.167





Fuente: © adeces
http://www.adeces.org

ADECES reclama más información a la administración y recuerda a los beneficiarios los requisitos de solicitud

Quedan menos de 6 meses para que las personas viudas de parejas de hecho con anterioridad al 1/1/2008 puedan solicitar su pensión

/noticias.info/ ADECES (Asociación Pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales) recuerda a las personas viudas de parejas de hecho con anterioridad al 1/1/2008 que el primero de enero de 2009 termina el plazo para solicitar su pensión de viudedad. Dicha pensión tendrá carácter retroactivo desde el uno de enero de 2007.

Tras la aprobación en diciembre de 2007 se reconoció por Ley el derecho a la pensión de viudedad de las parejas de hecho, en su disposición adicional tercera se extendía a las personas viudas de parejas de hecho con anterioridad al uno de enero de 2008. Sin embargo, la falta de información de la administración pública puede entorpecer el ejercicio de sus derechos a quienes se encuentran en estas circunstancias. Según el INE en España hay 57.000 parejas de hecho en las que uno de sus miembros es una persona viuda.

A esta falta de información se une el cumplimiento de unos requisitos más exigentes que para las personas viudas de parejas de hecho posteriores o del régimen matrimonial. Dichos requisitos son los siguientes:

DNI del beneficiario (original y fotocopia); certificado de empadronamiento, para justificar 6 años de convivencia; acta del Registro Civil, justificando el divorcio si alguno había estado casado; certificado registro de parejas de hecho de la CCAA o Ayuntamiento de al menos 2 años; certificación negativa de que durante los 6 años últimos años no existió vínculo matrimonial con otra persona; libro de familia en el que consten los hijos en común; certificado de la última empresa, indicando las bases de cotización durante los 6 últimos meses trabajados; certificado del acta de defunción y la solicitud del certificado de muerte y supervivencia que se facilita en las delegaciones de la Seguridad Social y se puede descargar también por Internet.

ADECES admitió en su momento que esta legislación suponía una muestra de sensibilidad del Gobierno y los Grupos Parlamentarios que se hicieron eco de una realidad social distinta a la del matrimonio. Aunque dicha Ley presenta algunas discriminaciones en relación con las personas viudas de parejas de hecho posteriores a enero de 2008 y viudos del régimen matrimonial:

1. Exigencia de convivencia de 6 años y tener hijos en común, frente a los dos años de los viudos matrimoniales sin hijos (un año con ellos) o 5 de los viudos de parejas de hecho posteriores a enero de 2008 a los que tampoco se exige tener hijos comunes.

2. Falta de reconocimiento del derecho a pensión para las parejas de hecho anteriores a 2008 que no tuvieron hijos en común.

Por último, ADECES recuerda a los posibles beneficiarios que la SS dispone de un número gratuito 900166565, con un horario de 9 a 20 h donde les podrán informar de todas las dudas que puedan surgirles.


Para más información:
Carmen Rodríguez. 914667051 655319004
www.adeces.org

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